Seguimos con un episodio más del podcast. A pesar del periodo vacacional no he querido faltar a nuestra cita semanal.
Para esta semana y dado que en época estival parece que tendemos a relajarnos un poco más, en vez de abordar algún tema denso y que necesite de toda nuestra concentración, he pensado en hacer una selección de nuevas sentencias que pueden ser interesante que conozcamos, debido a la aplicación que podemos hacer de ellas.
Un trabajador de correos despedido por robar tarjetas de crédito, que fue readmitido o un empresario acosado por los trabajadores al que estos tienen que indemnizar, son algunas de las sentencias que trataremos en este episodio.
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3 ideas sobre “#26 Sentencias de interés”
Hola,
Me ha parecido muy interesante este formato «light» de verano. Te animo a que si lo consideras oportuno , continues con el.
Respecto al contenido, la sentencia relacionada con Correos, me parece un torpedo en la linea de flotacion de la compañia y un claro mensaje a los usuarios.
Como cliente no puede dejarme mas intranquilo saber que un tribunal ha obligado a Correos a readmitir a alguien cuya conducta rompe el pilar basico de un servicio postal, la confianza y uno de los derechos fundamentales, la inviolabilidad de las comunicaciones por parte de uno de sus empleados (Art. 18 de la Constitucion).
Un saludo.
Deco, en primer lugar gracias por pasarte por aquí y dejar tu opinión. En cuanto al formato estival del episodio, tomo nota, parece que el formato está gustando.
Entrando en el contenido del mismo, y concrétamente sobre la sentencia de correos, he de decir que la he incluido porque efectivamente es bastante polémica.
Por una lado me alegro de lo garantista de la ley con el trabajador y por otro entiendo que rompe con un pilar básico, como tu dices, que es el del secreto en las comunicaciones.
Lo que yo extraigo de la sentencia, por un lado es el no renunciar a pleitear por descabellado que parezca el tema, y por otro que las empresas entiendan, que hay maneras de no poner en riesgo a los clientes, y que no tienen que ser siempre el despido disciplinario. (no lleva indemnización). La sentencia deja el camino, a mi entender a otro tipo de despido, del tipo incapacidad sobrevenida, que lleva una indemnización de 20 días años. Si hubieran aplicado ese, otro gallo cantaría…
También, sería lógico recolocar al trabajador en otras funciones, «sin riesgo», hasta ver si su recuperación era efectiva.
Te dejo el enlace con la sentencia: http://s03.s3c.es/imag/doc/2016-07-18/STSJCM.DespidoRoboTarjetas.pdf
Saludos, y no dudes en pasar por aquí cuando te apetezca comentar algo.
Estoy de acuerdo que el formato de verano es muy adecuado. Se hace ameno, se pica un poco en diferentes aspectos, etc.
Lo encuentro interesante para mantenerlo una vez al mes.
Como persona que trabaja en el ámbito de Prevención de Riesgos Laborales, también encontraria interesante que se incluyesen sentencias de este ámbito, que hay mhuchas y muy jugosas